Retomo el blog de casi un año y
medio después de la última entrada, en parte, por el hastío que me causa la
gran ignorancia política de la que adolece una gran parte del país. El tema de
la independencia de Cataluña no pone más que de manifiesto ese gran desconocido
que es la Constitución, así como la teoría política básica para una cantidad
ingente de opinólogos y tertulianos de bar, y lo que es peor, de plató.
Lección I: El derecho a decidir como falacia para crear imaginarios
colectivos.
Es dicho habitualmente que si una
mentira se repite 1000 veces termina convirtiéndose en verdad. Parece que la
realidad es incapaz de refutar esta cita.
El derecho a decidir, tal y como
promulgan, los más proselitistas del movimiento independentista es una falacia.
Literalmente, y para que quede claro, no existe. El derecho a decidir que
proclaman a los cuatro vientos como elemento vital consustancial a cualquier
democracia no es más que un eufemismo del denominado “derecho de
autodeterminación”.
Pero si existe algo parecido, ¿por
qué Cataluña no tiene derecho a la autodeterminación? La incultura histórica
que adolece a gran parte de la generación LOGSE, no digamos ya a la LOE, tiene
parte de culpa en esta historia. La creación de las Naciones Unidas y el
proceso de descolonización tienen mucho que ver. La Carta de las
Naciones Unidas ya establece en sus capítulos XI y XII la
necesidad de garantizar que los territorios “no autónomos”, es decir, territorios
cuyos pueblos no hayan alcanzado todavía la plenitud del gobierno propio, o de
administración fiduciaria consigan el autogobierno bajo la protección bien de
otros Estados o de la propia Naciones Unidas.
La Resolución 1514
denominada “Declaración sobre la concesión de la independencia a los países
y pueblos coloniales” (subrayo lo de coloniales pues ahí está el meollo del
asunto) publicada en diciembre de 1960 señala en su artículo 2 que “Todos los
pueblos (coloniales) tienen el derecho de libre determinación; en virtud de
este derecho, determinan libremente su condición política y persiguen
libremente su desarrollo económico, social y cultural.”. Fin de la cita. Complementaria
a ésta, la Resolución 1541
en el Principio I del Anexo se recoge que “Los
autores de la Carta de las Naciones Unidas tenían la intención de que el
Capítulo XI se aplicara a los territorios considerados entonces de tipo colonial…”
a lo que el Principio V añade que “Si
influyen en las relaciones entre el Estado metropolitano (concepto importante)
y el territorio de modo que éste se encuentra colocado arbitrariamente en una
situación o en un estado de subordinación, esos elementos, confirman la
presunción de que existe la obligación de transmitir información…” como si
fuera una colonia.”
Más tarde se elaboraría un listado de
territorios no autónomos, es decir, con derecho a la
autodeterminación entre los que existen curiosidades del estilo de Gibraltar,
muy de actualidad, y que erróneamente muchos califican como de territorio bajo
soberanía de Reino Unido. Para decepción de algunos, veréis que ni Cataluña, ni
el País Vasco, Cerdeña, Sicilia o la Lombardía, entre otros, tendrían ese “derecho
a decidir” que tantas soflamas ocupa.
Otro elemento distinto es que
exista una masa social que posea un sentimiento nacionalista y desee la
independencia y secesión de un Estado ya conformado, pero que los máximos
responsables políticos, y principales agitadores en muchos de los casos,
cometan estas inconcreciones, muchas de las veces a posta, ya denota la calidad
de la cultura política que posee gran parte de la población.
No response to “Las falacias de todo buen independentista”
Leave a Reply